JUEVES, 28 DE JULIO DE 2022
Mediadores: aprueban un nuevo Programa de Formación Básica en Mediación Prejudicial
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprueba un nuevo “Programa de Formación Básica en Mediación Prejudicial” para aspirantes al Registro de Mediadores Ley 26589, sus instancias, programas, carga horaria mínima, bibliografía básica y complementaria, y propicia que se reglamente la “Tutoría en Mediación” y la “Instancia de Examen de Idoneidad”. ¡Lee a nuestra especialista en esta nota!

Por María Elena Franzone (*)
Nuevo Programa de “Formación Básica en Mediación Prejudicial Ley 26589”
Se impulsan las etapas de “Tutoría en Mediación” y la "Instancia de Exámen de Idoneidad”
Los ejes fundamentales del nuevo marco normativo establecen la competencia del Ministerio para la certificación de las personas mediadoras en los conflictos prejudiciales con carácter obligatorio, el nuevo Programa suprime el curso introductorio, siendo este reemplazado por 6 Seminarios sobre fundamentos de la formación de la persona mediadora, pero manteniendo las etapas del curso de Entrenamiento y de Pasantía de observación, con innovaciones y actualizaciones.
Asimismo, el programa profundiza el estudio de temas referidos a la comunicación, el conflicto, la negociación, la utilización de las Tecnologías de la Información y el Conocimiento (TICs) en la mediación a distancia y ahonda en puntos claves del marco normativo de la mediación prejudicial, el rol de la persona mediadora como agente de cambio, aspectos transversales como la perspectiva de género, los aspectos actitudinales de la persona mediadora, la ampliación de las instancias de práctica y la incorporación del sistema informático MEPRE acrecentando, en consecuencia, la carga horaria a un total de 180 horas, a fin de potenciar la utilización de este método participativo en la facilitación del acceso a la justicia.
Se incorpora el rol del Profesional Asistente a fin de conformar la formación básica que exige el artículo 34 de la Ley N° 26.589 y su modificatoria.
También establece una etapa de “Tutoría en Mediación”, complementaria de la formación básica, como ámbito de práctica intensiva en mediaciones, constituyendo requisito necesario, exclusivamente, para el acceso a la evaluación de ingreso al Registro de Mediadores Ley N° 26.589 y a fin de incrementar la práctica en mediación, se suman 12 horas en un módulo cuya realización será necesaria para acceder al examen de ingreso al Registro de Mediadores Ley N° 26.589, con la exigencia de mediaciones reales, en forma presencial, con la asistencia de una persona tutora mediadora.
Con el nuevo Programa, se pasara de una carga horaria de 100 horas a 180 horas, cuyo dictado estará a cargo de las Entidades Formadoras inscriptas en el Registro de Entidades Formadoras, a las cuales se le sumarán otras 12 horas con la práctica de la “Tutoría en Mediación”.
La nuevas modalidades de dictado del programa establecen la posibilidad de una modalidad semi-presencial, compuesta por una carga horaria de 130 horas a distancia, mediante el uso de plataformas educativas, completándose con 50 horas presenciales para las fases de entrenamiento y pasantías.
Asimismo, se facultara a la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos a diseñar y dictar el “Curso de Formación en Tutoría”, como así también establecer la especificación de las escalas de calificación, los criterios de evaluación, las limitaciones éticas de las personas evaluadoras, necesario a fines de registrarse como persona tutora mediadora y en consecuencia resulta necesario crear el Registro de Personas Tutoras Mediadoras, que estará cargo de la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos.
El Programa se implementará a partir del 1 de enero de 2023. Y a partir del 1 de enero de 2024, finalizará la validez de todos los programas de formación en mediación, anteriores al que se aprueba por la presente norma, a los efectos de su presentación para acreditar la formación básica o inicial, en el examen de idoneidad previsto por la Ley 26589.
Se mantendrán las previsiones de la Resolución M.J. y D.H. N° 1689/12, para quienes se presenten a los exámenes correspondientes a los años 2022 y 2023, y acrediten la formación anterior a la aprobada por esta resolución.
Accedé al Texto de la Resolución 912/2022 y sus anexos, haciendo clic aquí.
(*) Abogada (UNLZ). Abogada especializado en Asesoramiento de Empresas (UCA). Mediadora Judicial en Provincia de Buenos Aires (Fundación CIJUSO). Mediadora en Nación (CPACP- Escuela de Mediación). Investigadora en Ciencias Jurídicas y Sociales (Fundación CIJUSO). Operador de Conflictos. Asesora en empresas nacionales e internacionales. Autora de libros y artículos varios. Consultora Profesional en ERREPAR y ERREIUS.
Fuente: Erreius