LUNES, 04 DE OCTUBRE DE 2021
Vuelta a la presencialidad de la justicia bonaerense
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires decidió restablecer la presencialidad del personal judicial hasta el 31 de diciembre de 2021, fijando las condiciones para la atención al público, la continuidad de herramientas utilizadas durante la pandemia y la posibilidad de realizar trabajo remoto.

Este lunes se dio a conocer en la página web de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, la resolución 1651/2021, por la cual se establecen las condiciones para el regreso a la presencialidad del personal de la Administración de Justicia provincial, hasta el 31 de diciembre del corriente año, respetando las medidas de cuidado establecidas oportunamente, y cumpliendo determinadas condiciones.
Personal vacunado
La prestación de servicios de modo presencial procederá respecto del personal que hubiera recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas contra el COVID-19, transcurridos 21 días corridos desde la inoculación.
Quienes teniendo la oportunidad de vacunarse hubieran optado por no hacerlo, también podrán ser convocados a realizar tareas presenciales.
Trabajo remoto
Los trabajadores de riesgo (con inmunodeficiencias, que sean pacientes oncológicos o transplantados) y aquellos que no puedan ser convocados por no reunirse las condiciones distanciamiento y prevención adecuadas en el lugar de trabajo, prestarán tareas de manera remota.
Además, la Suprema Corte podrá autorizar la realización de teletrabajo, en la medida que incremente la eficacia de la actividad jurisdiccional.
Los titulares de las dependencias u organismos del Poder Judicial deberán elaborar un plan de trabajo dirigido a asegurar la mejor prestación del servicio, particularmente en lo referido a la cantidad de audiencias a realizar.
La Subsecretaría de Planificación deberá priorizar el análisis de aquellos órganos que hubieran presentado mayores dificultades en la prestación del servicio durante la pandemia.
Herramientas utilizadas durante la pandemia
La Secretaría de Planificación, con la colaboración de las Secretarías de Personal y de Servicios Jurisdiccionales, deberá instrumentar un proceso de análisis de aquellas herramientas instituidas para permitir y/o facilitar la prestación del servicio de justicia durante la pandemia, a los fines de evaluar su operatividad en esta nueva etapa, con el objeto de definir su mantenimiento y perfeccionamiento, debiendo elevar una propuesta al Consejo Participativo de Gestión Judicial, en los próximos 30 días.
Mecanismos para la atención al público
Sin perjuicio de la utilización prioritaria del servicio web de asignación de turnos para la atención del público en general o de operadores del sistema en particular, puede recurrirse a la atención presencial directa y espontánea, sin necesidad de turno previo y bajo el cumplimiento de las medidas de cuidado.
Cada establecimiento organizará las condiciones de ingreso, de acuerdo con lo dispuesto en el Protocolo General de Actuación para la Prevención y el Seguimiento.
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Fuente: Erreius