Juzgados sin turno y con trabajo 100% presencial: situación general

Hace pocos dias, se dictaminó que los funcionarios y empleados públicos deberán retornar a sus puestos de trabajo presenciales. ¿Qué sucede en el Poder Judicial, según el fuero y la jurisdicción?. Lee esta nota y enterate más.

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La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil dispuso que a partir del jueves 7 de abril se pueda ingresar a todos los juzgados del fuero sin turno y se podrá convocar al trabajo presencial del plantel.

La medida se tomó en base a que durante las últimas semanas disminuyó la tasa de contagios y casos fatales de covid-19 y a la vez que la gran mayoría del personal cuenta con un esquema completo de vacunación contra el coronavirus.

En concreto, el Tribunal de Superintendencia del fuero, integrado por los jueces María Benavente, Roberto Parrilli y Sebastián Picasso, dispusieron que todas las oficinas del fuero, sin excepción, deban atender sin asignación de turnos, a los abogados, peritos, escribanos y público en general, durante toda la jornada laboral de 7.30 a 13.30 hs.

Pero aclararon que lo expresado en el párrafo precedente no dispensa del deber de observancia de los protocolos vigentes en materia de seguridad sanitaria y del seguimiento de la cantidad de eventuales contagios.

 

Trabajo presencial

Además, indicaron que podrá convocarse a trabajar en modo presencial al 100% del plantel, según lo estime conveniente el titular de cada dependencia y sin perjuicio de las tareas que puedan cumplirse mediante teletrabajo, en el caso de que así lo autorizaran las respectivas autoridades.

Asimismo, se eliminó la obligatoriedad del distanciamiento social de dos metros.

“Frente a eventual pedido, para determinar la modalidad de prestación de servicio -presencial o remota- de una persona, deberá requerirse el dictamen correspondiente al Departamento de Medicina Preventiva y Laboral a fin de que evalúe la situación de riesgo individual, sin que sea suficiente su sola pertenencia a los grupos de riesgo previstos por el art. 3 de la resolución N°627/2020 MSN, para eludir la convocatoria a trabajar en modo presencial”, agrega la resolución.

También recomendaron a los titulares de las dependencias que, con el objetivo de disminuir la afluencia de público, contesten los requerimientos formulados por vía telefónica y correo electrónico.

Por último, recordaron la obligatoriedad del uso adecuado de tapabocas en espacios interiores durante la jornada laboral, de asegurar la ventilación cruzada de los ambientes, de mantener la higiene adecuada del lugar de trabajo y lavado frecuente de manos.

Otros fueros

El año pasado, la Cámara del Trabajo eliminó el sistema de turnos para la atención al público. También se determinó que las audiencias testimoniales puedan ser presenciales, semipresenciales o remotas.

El personal judicial que concurra a los tribunales y dependencias del fuero para prestar servicios “deberá adoptar todas las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte emanadas de las autoridades competentes en el ámbito respectivo”, como así también los “protocolos establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

Hace pocos días, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal también resolvió la eliminación del sistema de turnos para la atención al público y se recalcó a los jueces del fuero que "deberán facilitar el confronte de diversas piezas procesales en formato digital sin exigir -en forma obligatoria- el formato papel".

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, a través de un acuerdo firmado el 30 de noviembre del año pasado, dispuso la libre concurrencia a los edificios del fuero. La misma decisión fue tomada por la Cámara Federal de Seguridad Social hace unos días.

 

 

Algunos ejemplos de los fueros provinciales

Provincia de Buenos Aires

Desde octubre del año pasado, para la atención del público en general o de operadores del sistema en particular, puede recurrirse a la atención presencial directa y espontánea, sin necesidad de turno previo, bajo cumplimiento de las medidas de cuidado dispuestas.

 

Santa Fe

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe dispuso la finalización del sistema de turnos para asistir a Tribunales desde el pasado 1 de abril.

 

Córdoba

Desde el pasado 1 de marzo, a través de la Resolución 1742, el Tribunal Superior de Córdoba autorizó el ingreso a las dependencias y edificios del Poder Judicial provincial sin turno previo, por lo que se retomó -como pauta general- la atención por orden de llegada, salvo citaciones en un horario determinado.

 

Chaco

El Superior Tribunal de Justicia de la provincia del Chaco eliminó el sistema de turnos el 1 de octubre del año pasado. El horario de prestación de funciones matutino será de 7 a 13 horas y el vespertino será de 15 a 21 horas.

Las audiencias, reuniones, entrevistas o cualquier otro acto que requiera la participación o concurrencia de personas pueden ser realizados de forma presencial, virtual o mixta, a criterio de la autoridad que los disponga.

 

San Luis

Desde el 13 de septiembre del año pasado, la atención presencial en todos los edificios del Poder Judicial de San Luis es sin turno web, ni citación previa.

 

Neuquén

Desde el pasado 4 de abril se amplió el horario de atención por turnos y el aumento de audiencias presenciales.

Además, los titulares de organismos deberán prever una modalidad de atención de la demanda espontánea que permitirá dar respuesta a las necesidades emergentes de usuarios y operadores judiciales.

 

Entre Ríos

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos fijó las nuevas pautas de trabajo, tales como la eliminación del aforo en los espacios de trabajo y salones de audiencias.

El uso de barbijo será opcional, debiendo garantizarse el cumplimiento de las otras medidas de cuidado recomendadas. Además se dejan sin efecto las autorizaciones para realizar trabajo remoto y los turnos vespertinos.

 

Aún con turnos

Santa Cruz, Chubut, Santiago del Estero, Misiones, Corrientes y Formosa, entre otras jurisdicciones, siguen, por el momento, con sistema de turnos.

 

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Fuente: Erreius