MARTES, 29 DE MARZO DE 2022
Presentan proyecto para que los jubilados no tengan que acreditar la supervivencia
Diputados nacionales del Bloque Frente PRO presentaron un proyecto de ley para prohibir la acreditación de supervivencia de parte de aquellos que perciben beneficios previsionales o sociales.

Diputados nacionales del Bloque Frente PRO, encabezados por Cristian Ritondo, presentaron un proyecto de ley para prohibir la acreditación de supervivencia de parte de aquellos que perciben beneficios previsionales o sociales.
En la actualidad, los beneficiarios deben probar su propia supervivencia ante el banco que les abona la jubilación. El trámite se suspendió desde marzo del 2020, por la pandemia de coronavirus, pero se acaba de reinstaurar.
Desde marzo de 2022, los bancos deben ofrecer alternativas digitales para que las jubiladas/os y pensionadas/os puedan elegir de qué forma hacer este trámite sin tener que concurrir a una sucursal bancaria.
¿Qué establece el proyecto?
En concreto, el proyecto “prohíbe en todo el territorio nacional la obligación del requisito de acreditar la propia supervivencia, por ningún medio o instrumento, para que se autorice, acredite u otorgue el pago de beneficios sociales y/o previsionales, tanto por parte de entidades privadas como públicas”.
De acuerdo a la iniciativa, “el deber de acreditar el fallecimiento de las personas es de los prestadores y/o del Estado, y no puede ser delegado, ni transferido obligando a los beneficiarios a acreditar su propia supervivencia, ni a los apoderados, tutores o curadores para que acrediten la supervivencia de las personas que representan o tienen a su cargo”.
Incumplimiento y adecuación
La propuesta normativa señala que “el incumplimiento de esta norma será sancionado con multa equivalente a doce salarios mínimos por infracción verificada”.
“El incumplimiento de esta prohibición por parte de un agente público será, además, considerado falta grave para el régimen disciplinario aplicable en el sector donde se desempeñe”, agrega.
En caso de aprobarse, la ley comenzará a regir a los 180 días de su promulgación, para permitir un lapso razonable para que las entidades públicas y/o privadas adecuen sus sistemas y realicen los convenios pertinentes con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para acceder en tiempo real a la información contenida en los registros de estado civil y capacidad de las personas.
Fundamentos de la iniciativa
“Lo que un día fue una reacción ante el descubrimiento de múltiples casos de defraudaciones en perjuicio del Estado, por parte de personas que seguían cobrando haberes de personas fallecidas por el simple expediente de no comunicar el fallecimiento, terminó convirtiéndose en una obligación o imposición permanente, una práctica general por parte de la administración pública, imitada tiempo después por las entidades bancarias que intervienen en los procesos de pago de esos beneficios”, indica el diputado Ritondo en los fundamentos del proyecto.
“Así es como el Estado delega su responsabilidad en los beneficiarios de las prestaciones, en su mayor parte personas de avanzada edad que se ven obligadas a probar cada dos meses su propia supervivencia”, remarca.
Y agrega “que las personas mayores, para poder percibir sus haberes o beneficios previsionales, deban hacer ese trámite periódicamente para probar su propia supervivencia es una vejación inadmisible, una afrenta y violenta sus derechos humanos”.
El actual sistema, para los impulsores de la iniciativa, establece una presunción de muerte que debe ser desbaratada por la actividad del sospechado y una presunción de intención defraudatoria por parte de los beneficiarios de esas prestaciones.
Además, considera que a los beneficiarios “se los hace trabajar gratis para el Estado, que es quien debe tomar los recaudos para controlar que está pagando correctamente”.
“Esta práctica, que se ha generalizado hasta extremos increíbles, es un abuso por parte del Estado y de los privados. Son ellos quienes deben verificar el fallecimiento de los beneficiarios y no los beneficiarios los que deben probar que están vivos”, enfatiza.
En algunos casos, añade, se ha llegado al extremo de obligarlos a utilizar una red de cajeros automáticos o a gastar dinero con tarjetas de débito de determinadas instituciones bancarias, como prueba de supervivencia.
“Además, no sólo afecta a los beneficiarios por el trámite sino que es un obstáculo que se pone a aquellas personas de buena voluntad que se han hecho cargo de personas inválidas, postradas o que están en situaciones en las que no se pueden valer por sí solos, y donde no hay obligación legal de por medio, sometiéndolos a cada vez más trámites y generándoles tantos problemas que muchos desisten de seguir ayudando o haciéndose cargo. No son pocos esos casos”, concluye.
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Fuente: Erreius