El Gobierno extendería la moratoria jubilatoria: qué puntos analiza

El 23 de julio vence la moratoria previsional para las mujeres con 60 años o más a quienes les falta años de aportes para completar los 30 años requeridos por la ley para jubilarse. Escuchá la opinión de nuestros especialistas.

Imagen del articulo

El 23 de julio vence la moratoria previsional para las mujeres con 60 o más años a quienes les falta años de aportes para completar los 30 años requeridos por la ley para jubilarse.

La moratoria aprobada por ley 26.970 permite regularizar la falta de aportes de las mujeres desde los 18 años hasta la fecha límite de regularización del 31 de diciembre de 2003. En 2019, facultado por una nueva norma, la ANSeS prorrogó la vigencia de la moratoria hasta el 23 de julio de 2022 pero no alteró la “fecha de corte” de 2003.

Actualmente sobre 8,3 millones de pagos de jubilaciones y pensiones, poco más de 3 millones corresponden a trabajadores que reunieron 30 o más años de aportes. El resto -unos 5 millones- son beneficios con moratoria, PUAM y pensiones no contributivas.

Y se estima que 9 de cada 10 mujeres de entre 55 y 59 años y 7 de cada 10 varones de entre 60 y 64 años, al momento de cumplir la edad jubilatoria (60 años las mujeres, 65 años los varones) no podrán jubilarse porque no reunirán los 30 años de aportes requeridos.

 

Prórroga de la moratoria jubilatoria

Con las moratorias previsionales se busca beneficiar a trabajadores que no alcanzan el requisito de 30 años de aportes que exige la ley 24.241, ya sea por haberse desempeñado de forma irregular o en empresas que a la fecha no existen o quebraron y no han ingresado los aportes y contribuciones oportunamente en los organismos de seguridad social o en el caso de las mujeres por dedicarse a las tareas de cuidado y reproducción de la fuerza de trabajo.

 

  • Por los motivos mencionados precedentemente, el Gobierno prepara un proyecto de ley, que incluiría a hombres y mujeres, con nuevas condiciones y requisitos, para permitir actualizar y extender las moratorias actuales.

 

Se tendrá en cuenta los años de aportes que se reconocen a las mujeres por las tareas de cuidado de hijos e hijas.

El uso de ese beneficio no fue habilitado para los varones, un punto cuestionado desde el punto de vista del objetivo de igualdad de género, ya que ubica a la población femenina como responsable de los menores, en lugar de tender a una visión de tareas compartidas.

 

Objeciones a la PUAM

Con relación a la PUAM (Pensión Universal al Adulto Mayor), a la que pueden acceder mujeres y varones a los 65 años, sin aportes o con menos de 30 años de aportes, aprobada durante el anterior Gobierno, el proyecto introduciría cambios porque hay algunos problemas:

- Las mujeres de 60 años deberían esperar 5 años para poder cobrar la PUAM. Esto significa que las que tienen 60/64 años están desocupadas y sin los años de aportes no tendrían ningún ingreso.

- Cobran el 80% del haber mínimo, porcentaje que es de “por vida”. Por la PUAM, a fines de 2021, había 230.694 personas jubiladas.

- En el Gobierno consideran que la PUAM, a la que acceden mujeres como varones a los 65 años con menos de 30 años de aportes, es discriminatoria e inequitativa porque cobran el 80% del haber mínimo tanto los que no tienen ningún aporte por haber estado sin actividad o por haberse desempeñado en la informalidad o cuenten con varios años de aporte.

- La PUAM no da derecho a la pensión por viudez por el fallecimiento del cónyuge.

En consecuencia, desde el Gobierno consideran que la PUAM debería quedar reservada para los sectores vulnerables que no hicieron aportes o nunca trabajaron, como una especie de “ingreso universal” o directamente ser eliminada. En ese caso, proponen que los ya jubilados pasen a cobrar el haber mínimo.

 

No te pierdas el video de la Dra. Verónica L. Ardiles, especialista en Derecho de la Seguridad Social, en el que reflexiona sobre el próximo vencimiento de la moratoria de la ley 26970

 

 

 

 

Otras moratorias o formas de sumar años de aportes

Además, está vigente la moratoria de la ley 24.476, para hombres y mujeres, que permite declarar aportes hasta septiembre de 1993.

En este caso, los períodos a incluir deben estar comprendidos entre el 01/01/1955 al 30/09/1993 y desde los dieciocho 18 años de edad. La deuda podrá cancelarse de contado o en un plan de hasta 60 cuotas, cuyos importes se adecuarán semestralmente mediante la aplicación del índice de movilidad.

El Decreto 475/21, además, permite reconocer aportes por tareas de cuidado. Facilita el acceso a la jubilación a las mujeres con hijos que están en edad de jubilarse, que no cuentan con los aportes necesarios y que agrega de uno a tres años de aportes por hijo. Es compatible con las moratorias existentes.

El reconocimiento es de 1 año de aportes por cada hijo o hija; 2 años por hijo adoptado siendo menor de edad; 1 año adicional por cada hijo con discapacidad y 2 años adicionales en caso de que por el hijo haya accedido a la Asignación Universal por Hijo (AUH) por al menos 12 meses.

También se reconocen los plazos de licencia por maternidad y de licencia por excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.

 

Suscripción Laboral

Fuente: Erreius