LUNES, 05 DE ABRIL DE 2021
Los estatales seguirán realizando trabajo remoto hasta el 9 de abril
Se excluye de esta medida al personal de la ANSeS y del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).

La decisión administrativa 303/2021 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, publicada este lunes en el Boletín Oficial, prorroga el plazo establecido por la Decisión Administrativa 280/2021 hasta el 9 de abril de 2021 inclusive. De este modo, los empleados del Sector Público Nacional continuarán realizando tareas desde su residencia, absteniéndose, en lo posible, de concurrir a sus lugares de trabajo salvo que sean convocados o convocadas por las respectivas autoridades.
Asimismo, se excluye expresamente de esta medida, por considerarlos personal esencial, a los empleados de la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán”, de la ANMAT, de las Fuerzas Armadas y de Seguridad Federales, del Servicio Penitenciario Federal, del cuerpo de Guarda Parques Nacionales, de Manejo del Fuego, de la Dirección Nacional de Migraciones, del Registro Nacional de las Personas, y al personal de salud y del sistema sanitario.
Se incorporan, además, como nuevas exclusiones para el teletrabajo, al personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) atento la cercanía que estas organizaciones tienen con personas que, en muchos casos, no se encuentran familiarizadas con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs).
Los fundamentos de esta medida ponen de manifiesto que la situación epidemiológica indica un mantenimiento sostenido de casos, lo cual impone continuar con las medidas preventivas oportunamente adoptadas.
La dinámica situación producida por la pandemia de COVID-19 y sus eventuales derivaciones en el ámbito laboral hacen necesario adaptar las medidas existentes con el fin de brindar la mejor protección a las personas, evitando en todo lo posible que se vean afectadas las relaciones laborales y las prestaciones de servicios del Estado Nacional.
Fuente: Erreius