El Poder Judicial vuelve a la presencialidad a partir del 1 de septiembre

A partir del 1 de septiembre, magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación que hubieran recibido al menos la primera dosis de cualquiera las vacunas contra el Covid-19 vuelven a la presencialidad.

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó la Acordada 14/2021 por la que dispone el retorno a la presencialidad, a partir del 1 de septiembre, de todos los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación que hubieran recibido al menos la primera dosis de cualquiera las vacunas contra el Covid-19.

¿Quiénes están incluidos en la Acordada?

Todos los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial Nacional que hubieren recibido, al menos, la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad contra el COVID-19, ya sean que hayan sido autorizadas por la autoridad sanitaria nacional o por la Organización Mundial de la Salud.

Ello incluye las cámaras federales y nacionales, los tribunales que de ellas dependen y los tribunales orales federales.

¿Quiénes están exceptuados?

La Acordada solo exceptúa a:

  • Mujeres embarazadas

  • Personas que padezcan enfermedades que los hagan mas vulnerables al virus

¿A partir de cuándo pueden ser convocados?

Podrán ser convocados a prestar servicios de forma presencial, una vez transcurridos 14 días de la inoculación con alguna de las dosis.

Para ello, deberán acreditar sin demoras a su autoridad jerárquica si han recibido alguna dosis, con carácter de declaración jurada.